Micelio
Auto5 de marzo de 2025

A- de 2025

Ponente Juan Carlos Cortés González

Demandante Galeano Zuluaga Norberto·Demandado Empresas Varias De Medellin Sas Esp Y Otro

Tema · dato duro
Solicitud De Declaratoria De Existencia De Relación Laboral Con Entidad Pública En La Que Participa Un Intermediario.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Controversias sobre relaciones laborales con empresas de servicios temporales cuando la entidad pública es usuaria y la regla de vinculación es de trabajador oficial
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Juzgado 008 Laboral del Circuito de Medellín y el Juzgado 014 Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad, provocado por una demanda ordinaria laboral contra las Empresas Varias de Medellín S.A.

E.S.P. y la Fundación Universidad de Antioquia, a través de la cual pretende el demandante, que se declare que EMVARIAS ha sido su verdadero empleador y la Fundación un intermediario en la relación laboral.

Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena advierte que en el proceso no se desvirtúa la vinculación laboral alegada por el accionante como trabajador oficial, pues se observan copias del contrato de trabajo a término fijo suscrito entre la Fundación y el demandante, con sus prórrogas, y en los documentos se estipula el cargo como “operario de barrido”.

Para la Sala es pertinente reiterar la regla de decisión del Auto 1416/24, según la cual, de conformidad con el numeral 4º del artículo 105 del CPACA y el numeral 1º del artículo 2 del CPTSS, la jurisdicción ordinaria laboral conocerá de las demandas en las que se pretenda (i) la declaratoria de existencia de una relación laboral con una entidad pública a la que la parte demandante aduce haberle prestado servicios personales, a través de un vínculo formal con una empresa, sociedad o entidad que presuntamente habría actuado como simple intermediaria, (ii) cuando la regla general de vinculación de la entidad pública sea la de trabajadores oficiales y (iii) dentro del trámite no pueda desvirtuarse prima facie tal parámetro de vinculación.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones suscitado entre Juzgado 008 Laboral del Circuito de Medellín y el Juzgado 014 Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 008 Laboral del Circuito de Medellín es la autoridad competente para conocer el proceso promovido por Norberto Galeano Zuluaga en contra de las Empresas Varias de Medellín S.A. E.S.P. (EMVARIAS) y la Fundación Universidad de Antioquia.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-6204 al Juzgado 008 Laboral del Circuito de Medellín para lo de su competencia y para que comunique la presente providencia al Juzgado 014 Administrativo Oral del Circuito de Medellín y a los interesados en este trámite.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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